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Financiación · Situaciones especiales

Inyección de capital para empresas en dificultad


Aportamos capital para empresas en dificultad: compañías con tensión de tesorería, cargas, embargos o insolvencia inminente, incluidas las que están a punto de entrar en concurso de acreedores. También reflotamos compañías viables cuyo problema es de liquidez y de estructura, no de negocio.

Es el terreno donde la banca ya no está y donde el tiempo cuenta en semanas. Trabajamos con capital propio y garantía inmobiliaria, a partir de 1.000.000 €, y respondemos sobre la operación real y no sobre el scoring de una empresa que ya sabemos que está tensionada.

PRECONCURSO · CARGAS Y EMBARGOS · REESTRUCTURACIÓN

01 · El planteamiento

Liquidez a tiempo, no un salvavidas tardío

La mayoría de empresas que entran en concurso no lo hacen porque su negocio haya dejado de funcionar, sino porque un desfase de tesorería se convierte en un impago, el impago en un apremio y el apremio en un embargo que bloquea la operativa. A partir de ahí todo se acelera.

Cuando existe un activo inmobiliario con margen, ese proceso se puede detener. El capital entra, se cancelan las cargas que están bloqueando la actividad, se ordena el calendario de deuda y la empresa recupera el margen de maniobra que necesita para negociar con sus acreedores desde una posición distinta.

La condición es que el negocio sea viable una vez resuelto el problema financiero. No financiamos empresas cuyo problema es que el negocio ya no funciona: eso no lo arregla ninguna inyección de capital, solo la encarece. Y lo decimos el primer día.

02 · Situaciones

Qué situaciones resolvemos

Todas tienen algo en común: hay un activo inmobiliario detrás y hay una fecha que no se puede mover.

  • Insolvencia inminente y preconcurso. Capital para evitar el concurso o para sostener la negociación con acreedores.
  • Embargos de Hacienda y Seguridad Social. Fondos para regularizar la deuda y solicitar el levantamiento.
  • Cancelación de cargas y anotaciones. Liberación de activos bloqueados por embargos o anotaciones preventivas.
  • Reestructuración y refinanciación de deuda. Sustitución de un calendario inasumible por otro sostenible.
  • Reunificación de obligaciones financieras. Varias posiciones convertidas en una sola operación.
  • Reflotamiento de empresas. Capital y reordenación para compañías viables con estructura financiera rota.
Fachada de hormigón de un edificio vista en contrapicado, tratada en duotono azul marino

03 · Cargas y embargos

Cancelación de cargas y levantamiento de embargos

Un embargo de Hacienda o de la Seguridad Social sobre cuentas o sobre un inmueble paraliza la operativa de una empresa mucho antes de afectar a su balance: se bloquean cobros, se caen líneas y los proveedores se enteran.

Cuando la deuda es correcta y el problema es de liquidez, la vía más rápida es pagar y solicitar el levantamiento. Ahí es donde entra el capital: se cancela la deuda tributaria o de cotizaciones, se acredita el pago y se pide el alzamiento de la traba.

La operación se estructura sobre el inmueble que queda libre o con margen, y en muchos casos incluye también la cancelación de las anotaciones preventivas que pesaban sobre él. El resultado es un activo limpio y una empresa que vuelve a operar.

04 · Encaje

Cuándo podemos entrar y cuándo no

En situaciones de urgencia lo peor que podemos hacer es darle esperanzas y contestarle en tres semanas. Estos son los límites.

Podemos entrar cuando

  • El negocio es viable y el problema es financiero, no comercial.
  • Hay un activo inmobiliario con margen, propio o de los socios.
  • La deuda que hay que cancelar está cuantificada y documentada.
  • La empresa está en preconcurso o en negociación con acreedores.
  • Existe un plan de reestructuración, aunque sea preliminar.

No podemos entrar cuando

  • El negocio ha dejado de generar ingresos y no hay plan de retorno.
  • No hay ningún activo inmobiliario que respalde la operación.
  • El activo ya está íntegramente comprometido con otros acreedores.
  • La operación queda por debajo de 1.000.000 €.
  • Lo que se busca es aplazar un problema sin resolver la causa.

05 · El proceso

Del primer contacto a la firma

  1. 01

    Nos cuenta la operación

    Importe, activo que la respalda, destino de los fondos y plazo. Con eso basta para la primera conversación: no hace falta un dossier.

  2. 02

    Analizamos activo y viabilidad

    Estudiamos el inmueble, las cargas que soporta y el sentido económico del uso de los fondos. Aquí es donde decidimos si la operación entra.

  3. 03

    Le proponemos una estructura

    Importe, plazo, garantía, condiciones y coste, por escrito y antes de que usted asuma ningún gasto.

  4. 04

    Formalización ante notario

    Se firma la operación y se dispone del capital. Sin productos vinculados y sin condiciones aparecidas al final.

06 · Servicios relacionados

Otras vías cuando la deuda aprieta

07 · Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre capital para empresas en dificultad

¿Puede una empresa en preconcurso de acreedores recibir una inyección de capital?

Sí. El preconcurso es una comunicación de insolvencia inminente o actual que abre un periodo de negociación con los acreedores, y durante ese periodo la empresa sigue operando y puede recibir financiación. De hecho es el momento en el que la liquidez tiene más valor, porque permite negociar desde otra posición.

Lo que hace posible la operación es que exista un activo inmobiliario con margen y que el negocio sea viable una vez resuelto el problema financiero.

¿Cómo se consigue dinero para levantar un embargo de Hacienda en una empresa?

Cuando la deuda es correcta y el problema es de liquidez, la vía más rápida es obtener capital contra un inmueble, cancelar la deuda tributaria y solicitar el levantamiento acreditando el pago. Ese es exactamente el tipo de operación que estructuramos: importe cuantificado, destino documentable y garantía real detrás.

¿Qué significa reflotar una empresa?

Devolver a una compañía viable la capacidad de operar con normalidad, resolviendo a la vez la falta de liquidez y la estructura financiera que la ha provocado. No es solo inyectar dinero: es cancelar lo que bloquea, reordenar el calendario de deuda y dejar a la empresa con una carga financiera que su negocio pueda sostener.

¿Y si el concurso ya está declarado?

Es una situación distinta y mucho más restringida: la financiación pasa por la administración concursal y por el régimen de créditos contra la masa. Cuéntenos el caso igualmente, pero sepa que el momento en el que podemos aportar más valor es antes de la declaración.

¿Los socios tienen que responder con su patrimonio personal?

La operación se articula sobre la garantía real del inmueble aportado. Si el inmueble está a nombre de los socios o de una patrimonial, el titular comparece y consiente la garantía sobre ese activo concreto. No pedimos avales personales cruzados más allá de esa garantía.

¿Es confidencial?

Sí. La información que nos facilita se trata de forma confidencial y solo para estudiar la operación. En situaciones de tensión con acreedores la discreción no es un extra: es una condición para que la operación pueda salir.

08 · Solicitud

Cuéntenos el caso

Indíquenos la situación en la que está la empresa, el importe de la deuda a cancelar, el activo disponible y el plazo del que dispone. Si hay una fecha límite, dígala.

Sus datos se tratan de forma confidencial y solo para estudiar la operación. Puede consultar el detalle en la política de privacidad.

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